JESÚS RAMÍREZ BARROSO

VALORACION MEDICA DEL DAÑO CORPORAL

Incapacidad Permanente Laboral

Valoración del Daño producidos en accidentes laborales 

Grado de Discapacidad y Baremo de Movilidad

Daños en accidentes con responsabilidad civil

Asistencia a juicio

Jesús Ramírez Barroso

Me dedico, actualmente, solo a este capitulo de la Medicina. La valoración médica del daño corporal es necesaria cuando necesita un médico que explique, a usted primero, y al Juez después en el acto del juicio, los padecimientos, enfermedades, o secuelas que usted presenta y que necesita argumentar en un juicio para confrontarlo en varias ámbitos que se precisan en el Derecho.

¿Requiere mi ayuda?

Puede necesitarse una valoración médica
en temas como los siguientes:

Enfermedades crónicas y definitivas

Cuando usted padece enfermedades que son crónicas y definitivas, y no le permiten realizar su trabajo habitual, o incluso cuando son suficientemente importantes como para no dejarle trabajar en ninguna actividad laboral. Se trata pues de los casos de Incapacidad Permanente Laboral, ante los Juzgados de lo Social. En estos casos se puede optar por alguno de los tipos de incapacidad permanente que existen: parcial, total, absoluta y gran invalidez

Traumatismo y secuelas

Cuando usted ha sufrido un traumatismo y le han quedado (o no) secuelas en forma de síntomas dolorosos, limitaciones en movilidad de articulaciones, cicatrices, y le tienen que indemnizar por ello (bien sea por los días que ha necesitado para curarse o mejorarse, junto a las posibles secuelas que le hayan quedado). Esto puede ocurrir tras accidentes de tráfico, o por caídas en comercios o comunidades en las que su abogado considere que hay una culpa, y se le tiene que indemnizar. En estos casos acudimos a los Juzgados de Primera Instancia, mi informe detalla la situación en que ha quedado. Se trata de informes para responsabilidad civil.

Responsabilidad de la administración

Hay veces en que una persona se puede caer en la calle, y el responsable puede ser, según su letrado, el ayuntamiento. En este caso se haría el mismo tipo de informe que en el punto anterior, solo que se defendería en el Juzgado de lo Contencioso Administrativo, pues el responsable no es ninguna entidad privada, sino que es la Administración.

Agresión

Otras veces las lesiones que se le han producido lo son porque ha sido agredido/a por otra/s personas y denuncia a éstos y solicita indemnización por los daños que usted tiene; en este caso se trata del mismo informe que en los dos anteriores puntos, se realiza y se defiende en los Juzgados de Instrucción o Penal.

¿Cómo Trabajo?

La metodologia de mi trabajo es muy sencilla: tras el contacto y explicación por su parte del caso, me aporta la documentación para que la estudie y pueda llegar a las conclusiones medico legales oportunas.

Estas conclusiones médico legales que yo establezco inicialmente pueden implicar la necesidad de explorarle (siempre) en mi consulta para confirmar esas conclusiones y para delimitar todas las cuestiones medico-colegiales del informe que se me solicita; una vez todo esté conforme le realizo el informe en el que, según la dificultad, puedo tardarle entre 10-15 días siempre que disponga de toda la documentación necesaria y que me ha tenido que aportar para la cita en consulta.

En caso de que mis conclusiones no puedan satisfacer sus pretensiones, no le realizaría el informe medico pericial.

Para todas las cuestiones en que me necesite, es siempre fundamental esté asesorado por un abogado (para temas laborales, civiles o penales) o bien por un graduado social (para temas laborales).

Mi dedicación a la Valoración Médica del Daño Corporal es plena, siendo la única actividad médica que ejerzo.